Implementar las NIIF S1 y S2: qué exigen, qué alivios permiten y cuándo llega a cada país

NIIF 22 de septiembre de 2026

Las NIIF S1 y S2 no son un informe de responsabilidad social con otro nombre. Son información financiera: se preparan con la misma fecha de corte que los estados financieros, con comparativos, y deben ser consistentes con los supuestos que sostienen el deterioro de activos y las provisiones. Esa es la parte que sorprende. La otra —la buena— es que las normas traen más alivios de los que casi nadie está usando, y bien aplicados convierten un proyecto de dos años en un primer reporte manejable.

Normas
NIIF S1 (requerimientos generales) y NIIF S2 (clima), emitidas por el ISSB
Materialidad
Financiera única: efecto sobre flujos, acceso a financiación o costo del capital
Costa Rica
Adoptadas por Circular 33-2023 del CCPA
Panamá
Adoptadas por Resolución 012-2025 de la Junta Técnica de Contabilidad
Guatemala
Sin acto de adopción identificado a la fecha
Aseguramiento
ISSA 5000, vigente para períodos que inicien desde el 15 de diciembre de 2026
01Qué son

Información financiera sobre sostenibilidad, no un informe aparte

La NIIF S1 fija los requerimientos generales y la NIIF S2 los específicos de clima. Ambas persiguen un objetivo acotado: que el inversionista, el prestamista y el acreedor entiendan los riesgos y oportunidades de sostenibilidad que podrían razonablemente afectar los flujos de efectivo de la entidad, su acceso a financiación o su costo del capital, en el corto, mediano o largo plazo. Esa frase es el filtro de entrada: lo que no pasa por ahí, no entra.

De ahí se derivan tres consecuencias que definen todo el proyecto:

  • Materialidad financiera única. No es la doble materialidad de las normas europeas. No se reporta el impacto de la empresa sobre el ambiente por sí mismo, sino en la medida en que ese impacto se devuelve a la empresa en forma de riesgo u oportunidad financiera. Y ojo con la precisión: el umbral de alcance se predica del riesgo; la materialidad se predica de la información sobre ese riesgo.
  • Va dentro de la información financiera de propósito general, no en un documento suelto de mercadeo. Se admite referencia cruzada a otro informe, pero solo si ese informe está disponible en los mismos términos y al mismo tiempo.
  • Mismo período, misma fecha, con comparativos. Se publica al mismo tiempo que los estados financieros —salvo el alivio del primer año— y cubre exactamente el mismo período.
La conectividad es donde primero aparecen los problemas

La NIIF S1 exige que la información de sostenibilidad y los estados financieros cuenten la misma historia: datos y supuestos consistentes, misma moneda de presentación, y conexiones explícitas entre los cuatro pilares y las partidas del balance.

En la práctica esto significa que las proyecciones climáticas y los supuestos macroeconómicos que se usen en el informe de sostenibilidad no pueden contradecir los que sostienen el deterioro de activos bajo la NIC 36, las vidas útiles, las provisiones de la NIC 37 o el modelo de pérdida crediticia esperada de la NIIF 9. Es el primer lugar donde un auditor —o un regulador— va a buscar inconsistencias, y es una conversación entre el área de sostenibilidad y la de contabilidad que en la mayoría de las empresas nunca ha ocurrido.

02La arquitectura

Cuatro pilares, heredados del TCFD

Ambas normas se estructuran igual. La NIIF S2 no agrega pilares: especializa los mismos cuatro para el clima.

Contenido básico exigido
PilarQué hay que revelar
GobernanzaQué órgano o persona es responsable; cómo consta esa responsabilidad en mandatos y descripciones de cargo; cómo el órgano determina que tiene las competencias adecuadas; con qué frecuencia recibe información; cómo considera estos temas al supervisar la estrategia y las transacciones grandes; y si la remuneración está vinculada a objetivos de sostenibilidad. También el papel de la administración y los controles que usa.
EstrategiaLos riesgos y oportunidades identificados con sus horizontes temporales —definidos y explicados por la entidad—; el efecto actual y previsto sobre el modelo de negocio y la cadena de valor; el efecto sobre la toma de decisiones; los efectos financieros actuales y previstos; y la resiliencia de la estrategia.
Gestión de riesgosLos procesos para identificar, evaluar, priorizar y monitorear; los insumos y parámetros usados; si se usa análisis de escenarios; y cómo se integran estos procesos en la gestión de riesgos general de la entidad.
Métricas y objetivosLas métricas que exige la norma específica —para clima, las de la NIIF S2—, más las que la propia entidad usa; y el desempeño frente a los objetivos, incluidos los impuestos por ley o regulación.

Cuando no existe una NIIF de sostenibilidad específica para un tema, la NIIF S1 obliga a referirse y considerar la aplicabilidad de los temas de divulgación de las normas SASB, organizadas por industria. Es una obligación de considerar, no de aplicar SASB completo; las métricas SASB quedan como consideración voluntaria. El Materiality Finder del navegador de SASB permite ver en minutos los temas de la industria de cada cliente, y es el mejor punto de partida de un diagnóstico.

03La NIIF S2

Lo que hay que producir en concreto para clima

Riesgos y resiliencia

Hay que separar riesgos físicos —agudos, como huracanes, inundaciones y sequías; y crónicos, como el cambio en temperatura media, precipitación o nivel del mar— de riesgos de transición —de política, legales, tecnológicos, de mercado y reputacionales—, y revelar la concentración de activos y actividades expuestos, incluida su ubicación geográfica cuando sea material. Para el istmo centroamericano esa distinción no es teórica.

La resiliencia se evalúa mediante análisis de escenarios climáticos, y aquí está el mecanismo de proporcionalidad más importante de la norma: el análisis debe ser proporcional a las circunstancias de la entidad. Una empresa mediana costarricense o guatemalteca no está obligada a construir modelos cuantitativos sofisticados si no puede sostenerlos sin costo o esfuerzo indebido: puede hacer un análisis cualitativo, siempre que explique qué escenarios usó, de dónde los tomó, qué horizontes cubrió y cuáles fueron los supuestos clave.

Planes de transición

Un matiz que conviene decir en voz alta porque genera pánico innecesario: la NIIF S2 no obliga a tener un plan de transición. Obliga a revelar información sobre él si la entidad lo tiene, incluidos los supuestos clave y las dependencias externas de las que depende —la disponibilidad de energía renovable en la red nacional, por ejemplo—.

Métricas de emisiones

  • Alcances 1, 2 y 3Emisiones brutas absolutas, reveladas por separado, en toneladas métricas de CO₂ equivalente.
  • MetodologíaGHG Protocol Corporate Standard (versión 2004), salvo que una autoridad jurisdiccional o la bolsa donde cotiza exija otro método.
  • ConsolidaciónLa entidad elige entre participación accionaria o control, y debe revelar cuál usa. Esa elección determina qué operaciones generan Alcance 1.
  • Alcance 2Se exige la medición basada en ubicación; la información basada en mercado se revela como información contractual adicional.
  • Alcance 3Hay que considerar las quince categorías del estándar de cadena de valor y revelar cuáles se incluyeron, junto con el enfoque de medición y en qué medida los datos son primarios o secundarios.
  • Emisiones financiadasCategoría 15, aplicable a gestión de activos, banca comercial y seguros, con desagregación adicional. La norma no impone una metodología específica de cálculo.

A eso se suman las métricas de la guía basada en la industria —derivada de SASB, para 68 industrias—, los objetivos climáticos con su año base, horizonte, hitos, si son absolutos o de intensidad, si fueron validados por un tercero y el uso planificado de créditos de carbono; y los efectos financieros actuales y previstos, que es la exigencia que más trabajo da.

Tres salidas permanentes en los efectos financieros

No se exige información cuantitativa cuando los efectos no son identificables por separado, cuando la incertidumbre de medición es tan alta que la cifra no sería útil, o cuando la entidad no tiene la habilidad ni los recursos para prepararla. En esos casos se da información cualitativa y se explica por qué. No son alivios de transición: son permanentes. Úsense con criterio y documentación —porque, como se verá en la sección 09, invocarlos sin explicar es justo lo que los reguladores están observando—.

04Los alivios

La sección que decide cuánto cuesta el primer año

Los alivios de transición operan únicamente en el primer período anual en que se aplican las normas. Son opcionales, independientes entre sí, y su uso debe revelarse. Bien combinados, reducen el primer reporte a una fracción del proyecto completo.

Alivios de primer año
AlivioQué permite
Solo clima (NIIF S1, párr. E5)Reportar únicamente los riesgos y oportunidades climáticos conforme a la NIIF S2, difiriendo los demás temas de sostenibilidad. No impide declarar cumplimiento con las normas. Y el matiz que más ahorra: al incorporar los demás temas en el año 2, los comparativos de ese año solo necesitan cubrir la información climática.
Comparativos (NIIF S1, párr. E3)No presentar información comparativa del período anterior en el primer año, incluidas las emisiones.
Momento de presentaciónNo estar obligado a publicar la información de sostenibilidad al mismo tiempo que los estados financieros en el primer año. Es el alivio que salva a casi todos, porque el inventario de emisiones rara vez está listo en la misma fecha que el cierre contable. El plazo concreto depende de lo que fije cada jurisdicción.
Alcance 3 (NIIF S2, párr. C4(b))No revelar emisiones de Alcance 3 en absoluto durante el primer año, incluidas las financiadas. Es una exención total, no una sustitución por información cualitativa.
Método de medición (NIIF S2, párr. C4(a))Seguir usando en el primer año el método que la entidad ya venía usando, aunque no sea el GHG Protocol.

A estos se suman los mecanismos de proporcionalidad permanentes: el criterio de «información razonable y sustentable disponible sin costo o esfuerzo indebido» —que aplica a la identificación de riesgos, al alcance de la cadena de valor y a los efectos financieros previstos—, el análisis de escenarios proporcional a las circunstancias, y las tres salidas de cuantificación descritas arriba.

La ruta que ha seguido la mayoría de los primeros adoptantes en el mundo es exactamente esta: año 1 solo clima, sin comparativos, sin Alcance 3, con desfase en la fecha de publicación. Es una ruta legítima, expresamente prevista por las normas, y permite empezar sin haber terminado de construir todo el aparato de datos.

05Enmiendas

Lo que cambió en diciembre de 2025

El ISSB emitió enmiendas focalizadas a la NIIF S2 sobre revelación de emisiones, con el propósito declarado de reducir complejidad, duplicación y costo. Rigen para períodos anuales que comiencen a partir del 1.º de enero de 2027, y se permite su aplicación anticipada.

  • Categoría 15 limitada a emisiones financiadas. Se permite circunscribir la medición de esa categoría únicamente a las emisiones financiadas; si la entidad incluye más, debe revelar el total de la categoría y el subtotal de financiadas.
  • Alternativa al GICS. Para desagregar emisiones financiadas, la entidad puede escoger otro sistema de clasificación por industria que le permita clasificar a sus contrapartes, prefiriendo uno de uso común antes que uno propio. Para un banco o una cooperativa de la región esto es plata: permite usar la clasificación del supervisor local en lugar de licenciar y mapear GICS.
  • Alivio jurisdiccional del GHG Protocol, precisado. Aplica cuando la entidad está obligada «en todo o en parte» a usar otro método, y se aclara que el alivio cubre solo la parte de la entidad sujeta a ese requisito. Resuelve el caso del grupo regional con una filial sometida a un régimen nacional de inventario.
  • Valores de calentamiento global. Se introduce un alivio para no usar los valores del informe más reciente del IPCC cuando una autoridad o bolsa exige otros, evitando llevar dos inventarios en paralelo.

Consejo práctico para la región: dado que casi ninguna empresa de Costa Rica, Guatemala o Panamá ha emitido todavía su primer reporte, lo sensato es aplicar las enmiendas desde la primera adopción, y no construir un enfoque que haya que cambiar un año después.

06Dónde está cada país

La región no converge, y conviene saber en qué carril va cada cliente

Estado de adopción en los tres mercados
PaísActo de adopciónSituación
Costa RicaCircular 33-2023 del Colegio de Contadores Públicos, aprobada el 8 de diciembre de 2023 y publicada en La Gaceta N.º 3 del 10 de enero de 2024Adoptadas. El calendario original escalonaba entidades supervisadas por CONASSIF y grandes contribuyentes; las publicaciones profesionales vigentes ubican hoy la obligatoriedad en el ejercicio 2027, con primer reporte en 2028. Aseguramiento externo no exigido.
PanamáResolución 012-2025 de la Junta Técnica de Contabilidad, publicada en la Gaceta Oficial N.º 30480 del 11 de marzo de 2026Adoptadas, con aplicación general para períodos que inicien desde el 1.º de enero de 2026 y anticipada permitida; el primer reporte obligatorio para entidades reguladas se ubica en períodos que inicien desde el 1.º de enero de 2030, conforme definan los supervisores sectoriales.
GuatemalaSin acto de adopción identificadoAplicación voluntaria. La adopción guatemalteca de las NIIF se refiere a las normas del IASB; las NIIF S1 y S2 las emite el ISSB, un consejo distinto, y no son normas de contabilidad sino de información a revelar. Por construcción quedan fuera de esa adopción y requieren un acto separado —que es justamente lo que hicieron Costa Rica, Panamá y El Salvador—.
Dos advertencias de fuente, para no repetir errores que ya circulan

Primera: el Reglamento de Información Financiera —Acuerdo CONASSIF 6-18— no es la fuente de la obligación de sostenibilidad en Costa Rica. Su texto vigente no menciona las NIIF S1 y S2 ni al ISSB; se limita a las normas emitidas por el IASB con tratamientos prudenciales. Hay material en línea que le atribuye un calendario de sostenibilidad; es incorrecto.

Segunda: el desplazamiento del calendario costarricense desde el escalonamiento original hacia el ejercicio 2027 está respaldado por publicaciones profesionales recientes, pero no logramos confirmar el número del instrumento del Colegio que hizo el cambio. Antes de fijar una fecha por escrito en un informe a cliente, conviene pedir esa confirmación al CCPA.

El resto de la región, en una línea cada uno

  • México va adelante: normas convergentes vigentes desde 2025, primer reporte en 2026 y aseguramiento escalonado —limitado desde 2027, razonable desde 2028—.
  • Chile incorporó las normas por norma de carácter general de la CMF, con entrada en vigor el 31 de diciembre de 2026.
  • Brasil dio marcha atrás: en mayo de 2026 la CVM revocó la obligatoriedad que había fijado, y el régimen volvió a ser voluntario bajo esquema de «cumplir o explicar».
  • El Salvador permite la aplicación voluntaria desde 2025; Colombia está en hoja de ruta de convergencia, sin decreto.

Ese contraste es en sí mismo un dato para la gerencia: la obligatoriedad local es movediza, y apostar a que se posponga ha salido bien en un país y mal en otros.

07La otra vía

La exigencia que no llega por el regulador local, sino por el cliente

Para buena parte de la cartera centroamericana —exportadores, empresas de zona franca, proveedores de multinacionales— la primera solicitud de información de sostenibilidad no va a venir de un colegio profesional ni de una superintendencia, sino de su cliente europeo.

Tras la revisión del régimen europeo, el alcance quedó en grandes empresas cotizadas de la UE, empresas con más de mil empleados y más de 450 millones de euros de facturación, y empresas de fuera de la UE con más de 450 millones de facturación en la UE que tengan allí una filial o sucursal relevante. Las obligaciones corren para los ejercicios 2027 y 2028 según la ola.

El tope de cadena de valor, y por qué no basta

La norma europea incluye una protección: una empresa dentro del alcance no puede exigir a un proveedor de menos de mil empleados información que exceda el estándar voluntario para pymes. En teoría eso pone un techo a lo que le pueden pedir a un proveedor costarricense o guatemalteco.

En la práctica el techo es de eficacia limitada, porque no corrige el desequilibrio de la relación comercial: el proveedor que quiere conservar la cuenta entrega lo que le pidan. La recomendación operativa es preparar el paquete sobre ese estándar voluntario como piso —que es lo que legalmente pueden exigirle— y tratar cualquier requerimiento superior como materia de negociación contractual, no como obligación.

Hay una tercera vía, más silenciosa, por el lado financiero: en Panamá, el acuerdo de la Superintendencia de Bancos que incorporó el riesgo climático a la gestión integral de riesgos no exige divulgación externa, pero sí obliga a los bancos a considerarlo —y un banco que gestiona riesgo climático termina preguntándole a su deudor—.

08Cómo se hace

Hoja de ruta de implementación

Esta es la secuencia que recomendamos para una primera aplicación, ordenada por dependencia: cada paso produce el insumo del siguiente.

Fase 1
Definir la entidad que reporta y el perímetro

Debe coincidir con el perímetro de los estados financieros. Decidir el enfoque de consolidación para emisiones —participación accionaria o control— y dejarlo documentado, porque determina qué operaciones generan Alcance 1 y es una de las decisiones más difíciles de revertir después.

Fase 2
Evaluación de materialidad, en dos pasos

Primero identificar los riesgos y oportunidades que podrían afectar flujos, financiación o costo de capital —usando los temas de divulgación de SASB para la industria como punto de partida, con el Materiality Finder—. Después determinar qué información sobre ellos es material. Involucrar a los responsables operativos, no solo al área de sostenibilidad: el que conoce el riesgo de sequía en una planta es el jefe de planta.

Fase 3
Decidir qué alivios se van a usar, y declararlo

Esta decisión va antes del trabajo de datos, no después, porque define cuánto hay que levantar. Lo habitual: solo clima, sin comparativos, sin Alcance 3, con desfase en la publicación. Aplicar además las enmiendas de 2025 desde el inicio.

Fase 4
Gobernanza, con evidencia

Asignar formalmente la responsabilidad en el órgano de administración, reflejarla en mandatos o descripciones de cargo, fijar la frecuencia de reporte al órgano y dejar actas que evidencien la supervisión. La norma pregunta cómo el órgano determinó que tiene las competencias adecuadas: eso se responde con un acta, no con una afirmación.

Fase 5
Inventario de emisiones de Alcance 1 y 2

Fuentes fijas y móviles, consumo eléctrico con factor de emisión de la red, y la medición basada en ubicación como base. Es trabajo de recolección, no de contabilidad, y es el que más tiempo consume en la práctica. Desde el primer día: hoja de cálculo controlada no, sistema con trazabilidad sí —o al menos un archivo con control de versiones, responsable asignado y documentación de la fuente de cada dato—.

Fase 6
Riesgos, escenarios y resiliencia

Separar físicos de transición, ubicar geográficamente los activos expuestos, y correr un análisis de escenarios proporcional —cualitativo si eso es lo razonable—, documentando qué escenarios se usaron, de qué fuente, con qué horizontes y supuestos. Integrar el ejercicio al proceso de gestión de riesgos existente en lugar de crear uno paralelo.

Fase 7
Efectos financieros y conectividad

Sentar en la misma mesa a contabilidad y sostenibilidad para contrastar supuestos con los de deterioro, vidas útiles, provisiones y pérdida esperada. Donde no se pueda cuantificar, usar las salidas permanentes —pero explicando la fuente de incertidumbre y las partidas afectadas, no con una frase genérica—.

Fase 8
Redacción, ubicación y control de calidad

Ubicar la información en la información financiera de propósito general; usar una tabla índice que distinga con claridad lo exigido de lo voluntario; revisar que ninguna referencia cruzada apunte a un documento aún no publicado; y eliminar los descargos de responsabilidad que contradigan el propio reporte. Los tres últimos puntos son, literalmente, los hallazgos de los primeros reguladores que revisaron estos informes.

Fase 9
Preparar el terreno del aseguramiento

Aunque no sea obligatorio todavía, construir trazabilidad documental y controles internos sobre los datos no financieros desde el año 1. La trayectoria internacional es previsible: aseguramiento limitado sobre Alcance 1 y 2, luego Alcance 3, luego razonable.

09Lo que sale mal

Lecciones de quienes ya reportaron

Australia fue la primera jurisdicción con un régimen obligatorio a gran escala basado en estas normas, y su regulador ya revisó los primeros informes. Los hallazgos son un manual de errores evitables:

  • Descargos de responsabilidad inapropiados. Textos que decían que los usuarios «no deberían confiar en la información». Contradicen el objetivo mismo del reporte.
  • Omitir riesgos climáticos prospectivos pese a haber revelado en los estados financieros que eventos climáticos extremos ya habían afectado activos u operaciones. Es la falla de conectividad más grave y la más fácil de detectar.
  • Supuestos y juicios poco claros, que obligaban al lector a deducir por qué la información estaba presentada así.
  • Información material oscurecida por contenido voluntario adicional.
  • Referencias cruzadas defectuosas, a informes aún no publicados o sin precisar qué parte se incorporaba.
  • Objetivos climáticos mal clasificados, en particular omitiendo los impuestos por regulación.

A eso se suman dos datos que describen bien el estado del arte: alrededor de la mitad de los reportantes no aclaró si la identificación de riesgos era sobre base inherente o residual, y un 61 % invocó la incertidumbre de medición para no dar información cuantitativa —señal de que cuantificar el efecto financiero del clima sigue siendo el problema no resuelto—.

Lo que más tiempo consume, en orden

Recolección y trazabilidad de datos de emisiones, sobre todo Alcance 3. Cuantificación de efectos financieros previstos. Análisis de escenarios. Definición del perímetro de cadena de valor. Conectividad con los estados financieros. Y, por último, dejar evidencia documental de la supervisión del órgano de administración. Los diagnósticos internacionales coinciden en un punto operativo: la recolección todavía se hace a mano y se comparte por correo en hojas de cálculo, lo que destruye la pista de auditoría. Resolver eso temprano vale más que cualquier herramienta.

10Aseguramiento

Qué viene por el lado de la auditoría

La norma internacional de aseguramiento de sostenibilidad ISSA 5000 rige para períodos que comiencen a partir del 15 de diciembre de 2026, con adopción anticipada permitida. Es neutral respecto del marco —sirve para información preparada bajo NIIF S1 y S2, normas europeas u otras— y puede ser aplicada tanto por contadores como por practicantes que no lo sean. En paralelo, las normas de ética para aseguramiento de sostenibilidad del IESBA rigen desde la misma fecha, con las disposiciones sobre componentes de la cadena de valor diferidas a mediados de 2028.

Aseguramiento limitado y razonable
 LimitadoRazonable
Nivel de confianzaSustancialmente menor, pero incrementa la confianza del usuarioAlto, aunque no absoluto
ProcedimientosPredominan indagación y procedimientos analíticosComprensión del control interno, pruebas de controles y sustantivas detalladas
ConclusiónEn forma negativa: si no ha llegado a su atención algo que le haga creer que la información no está preparada conforme a los criteriosEn forma de opinión: si la información está preparada conforme a los criterios

En Costa Rica el aseguramiento de la información de sostenibilidad no es obligatorio hoy, y en Panamá y Guatemala tampoco. Pero el caso mexicano marca el camino que suele seguirse: sin aseguramiento el primer año, limitado al segundo, razonable al tercero. Conviene que el primer reporte se prepare como si fuera a auditarse, porque probablemente lo será.

11Cierre

Empezar mal sale más caro que empezar tarde

La tentación en los tres países es la misma: como la obligatoriedad local está lejos —2027 en Costa Rica, 2030 en Panamá, indefinida en Guatemala—, el tema se pospone. El problema es que la fecha de obligatoriedad no es la fecha en que empieza el trabajo. Un primer reporte razonable exige un año de datos capturados con trazabilidad, una evaluación de materialidad hecha con los operativos, actas que evidencien gobernanza y una conversación entre contabilidad y sostenibilidad que nunca es rápida.

La buena noticia es que las normas fueron diseñadas para permitir un arranque gradual, y la ruta está marcada: primer año solo clima, sin comparativos, sin Alcance 3, con la publicación desfasada. Quien use esos alivios y aplique desde el inicio las enmiendas de 2025 puede tener un reporte que declare cumplimiento sin haber construido todavía todo el aparato. Quien los ignore va a intentar hacer en un año el proyecto completo —y ese es el camino por el que los primeros adoptantes del mundo llegaron a informes que los reguladores devolvieron con observaciones.

Nota sobre las fuentes

El contenido técnico de este documento se apoya en las NIIF S1 y S2 y en los materiales de apoyo publicados por la Fundación IFRS, incluidas las enmiendas a la NIIF S2 de diciembre de 2025. Las referencias de párrafo se limitan a las que pudimos verificar contra fuente oficial. Dos puntos requieren confirmación local antes de fijarlos por escrito en un informe a cliente: el instrumento del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica que desplazó el calendario de aplicación, y el texto de la Gaceta Oficial panameña que contiene la Resolución 012-2025. Conviene además desconfiar del material en línea que atribuye el calendario costarricense de sostenibilidad al Acuerdo CONASSIF 6-18: su texto vigente no lo contiene.

Referencias

Este documento tiene fines informativos y no sustituye la lectura del texto oficial de las normas ni la asesoría profesional sobre el caso concreto. El estado de adopción y los calendarios de aplicación local pueden variar; deben confirmarse a la fecha de lectura ante el colegio profesional o el supervisor correspondiente. Elaborado con información pública disponible a setiembre de 2026.

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