Guía para iniciar operaciones en Guatemala
Pasos, requisitos legales, plazos e impuestos que toda empresa debe conocer antes de operar en GT.
1 · Pasos para constituir y operar
Escritura pública ante notario
Firma de la escritura constitutiva ante notario guatemalteco. La forma societaria más común es la Sociedad Anónima (S.A.). Se definen socios, capital, junta directiva, objeto y administración.
Inscripción en el Registro Mercantil (RGM)
Se presenta la escritura ante el Registro Mercantil General. Una vez inscrita, la sociedad obtiene su patente de comercio de sociedad y queda formalmente constituida.
NIT y patente de comercio en SAT
Inscripción ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para obtener el Número de Identificación Tributaria (NIT) y la patente de comercio de empresa. Se elige régimen tributario (general o simplificado).
Habilitación de libros contables
Los libros contables (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Estados Financieros) deben habilitarse ante la SAT antes de iniciar operaciones contables.
Inscripción en el IGSS
Si la empresa contratará trabajadores, debe registrarse como patrono ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). Aplica obligatoriamente desde el tercer trabajador (en algunas actividades, desde el primero).
Inscripción en MINTRAB e INTECAP
Registro ante el Ministerio de Trabajo (MINTRAB) e INTECAP. Obligatorio para todo patrono. Incluye registro de salarios, horarios, vacaciones y planillas.
Patente municipal
Cada municipalidad otorga la licencia de funcionamiento (patente municipal) para operar localmente. Requiere inspección del local, planos y pago de derechos. Se renueva anualmente.
Permisos sectoriales (si aplica)
Algunas actividades exigen autorizaciones adicionales: licencia sanitaria (MSPAS), ambiental (MARN), bomberos, registro sanitario de productos, importación/exportación (SAT/MINECO), etc.
2 · Impuestos principales
| Impuesto | Tasa | Descripción / Base | Periodicidad |
|---|---|---|---|
| IVA (Impuesto al Valor Agregado) | 12% | Tasa única sobre ventas y servicios. Existe régimen del Pequeño Contribuyente (5% sobre ingresos hasta cierto umbral). | Mensual |
| ISR — Régimen sobre Utilidades | 25% | Régimen general: 25% sobre la utilidad neta. Pagos trimestrales a cuenta + ajuste anual. | Trimestral + Anual |
| ISR — Régimen Opcional Simplificado | 5% / 7% | Sobre ingresos brutos: 5% hasta Q30,000 mensuales, 7% sobre el excedente. No se deducen gastos. Aplicable a la mayoría de PYMES. | Mensual |
| ISO (Impuesto Solidario) | 1% | Sobre activos netos o ingresos brutos (lo mayor). Acreditable contra el ISR del trimestre. Solo aplica a régimen sobre utilidades. | Trimestral |
| ISR sobre rentas del trabajo | 5–7% | Retención sobre planilla: hasta Q300,000 anuales = 5%, exceso = 7%. Lo retiene el patrono. | Mensual |
| Retenciones (otros) | 5–25% | Retenciones por servicios profesionales (varía), dividendos (5%), pagos al exterior (15-25%), etc. | Según operación |
| Patente municipal | Variable | Determinada por cada municipalidad. Generalmente proporcional a los activos o ingresos. Renovación anual. | Anual |
3 · Cargas sociales sobre planilla
| Concepto | Patrono | Trabajador |
|---|---|---|
| IGSS — Salud, Maternidad, Accidentes, IVS | 10.67% | 4.83% |
| TOTAL CARGA SOCIAL (IGSS) | 10.67% | 4.83% |
| IRTRA (recreación) — patronos con 3+ trabajadores | 1.00% | — |
| INTECAP (capacitación) — patronos con 5+ trabajadores | 1.00% | — |
IRTRA e INTECAP son aportes parafiscales separados que se suman al IGSS según el tamaño del empleador. Adicionalmente por ley: aguinaldo (1 mes/año, dic), bono 14 (1 mes/año, jul), vacaciones (15 días/año), indemnización al final de la relación laboral.
4 · Plazos estimados
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