Guía para iniciar operaciones en Panamá
Pasos, requisitos legales, plazos e impuestos que toda empresa debe conocer antes de operar en PA.
1 · Pasos para constituir y operar
Escritura pública (S.A.) ante notario
Firma de la escritura constitutiva ante notario panameño. Se requieren 2 suscriptores (pueden ser extranjeros y no necesitan estar físicamente). Capital típico: USD 10,000 (no requiere desembolso real). Director mínimo 3 personas (extranjeros aceptados).
Inscripción en el Registro Público
La escritura se presenta ante el Registro Público de Panamá. La S.A. queda formalmente inscrita y obtiene su número de ficha-folio.
RUC en la DGI
Inscripción ante la Dirección General de Ingresos (DGI) para obtener el Registro Único de Contribuyente (RUC). Se declara la actividad y dirección fiscal. Aplica también el NIT (asociado al RUC).
Aviso de Operación (MICI)
El Aviso de Operación es el equivalente panameño a la patente comercial. Se tramita en línea ante el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI). Habilita a la empresa para operar comercialmente.
Registro patronal en la CSS
Si la empresa contratará personal, debe registrarse como patrono ante la Caja de Seguro Social (CSS). Aplica desde el primer empleado.
Permisos municipales (algunos casos)
A diferencia de CR/GT, en Panamá la patente municipal generalmente no aplica para todas las actividades. Solo en casos específicos (manufactura, hotelería, servicios al público) se requieren permisos del municipio.
Permisos sectoriales (si aplica)
Algunas actividades requieren licencias específicas: financieras (Superintendencia de Bancos), seguros (SSRP), valores (SMV), telecomunicaciones (ASEP), salud (MINSA), turismo (ATP), zonas francas (ZL Colón, Panamá Pacífico, etc.).
Tasa única anual y libros
Toda S.A. paga una Tasa Única Anual de USD 300 a partir del 2do año de existencia. Adicionalmente, se deben legalizar libros de actas de junta directiva, accionistas y registro de acciones.
2 · Impuestos principales
| Impuesto | Tasa | Descripción / Base | Periodicidad |
|---|---|---|---|
| ITBMS (Impuesto Transferencia Bienes y Servicios) | 7% | Equivalente al IVA. Tasas especiales: 10% (alojamiento, alcohol), 15% (tabaco). Algunos servicios exentos (educación, salud, financieros). | Mensual |
| ISR Personas Jurídicas | 25% | Sobre la renta neta gravable territorial. Cálculo alterno (CAIR): 4.67% sobre ingresos brutos cuando aplique. Pagos a cuenta mensuales. | Mensual + Anual |
| Tasa Única Anual (S.A.) | USD 300 | Toda Sociedad Anónima paga este monto fijo cada año, independiente de su nivel de actividad. Pago en julio. | Anual |
| Aviso de Operación | 2% | 2% sobre el capital de la empresa, mínimo USD 100, máximo USD 60,000. Se paga al obtener el aviso. | Una vez (al iniciar) |
| Dividendos | 10% | Retención sobre dividendos pagados a accionistas. 5% si proviene de renta extraterritorial. 20% si la S.A. no decreta dividendos (impuesto complementario). | Al pago |
| ISR sobre planilla | 0–25% | Retención escalonada: hasta USD 11,000 anuales = 0%, exceso hasta USD 50,000 = 15%, mayor = 25%. Lo retiene el patrono. | Mensual |
| Inmuebles | 0.5–0.7% | Sobre el valor catastral. Vivienda principal exenta hasta cierto monto. | Anual |
3 · Cargas sociales sobre planilla
| Concepto | Patrono | Trabajador |
|---|---|---|
| CSS (Caja de Seguro Social) | 12.25% | 9.75% |
| Seguro Educativo | 1.50% | 1.25% |
| TOTAL CARGA SOCIAL | 13.75% | 11.00% |
| Riesgos Profesionales (variable según actividad) | 0.56%–10% | — |
El seguro de Riesgos Profesionales se paga adicional al 13.75% y depende de la actividad económica (oficinas tasa baja, construcción/manufactura más alta). Adicionalmente: décimo tercer mes (3 partidas: abril, agosto, diciembre = 1 mes total/año), vacaciones (30 días/año), prima de antigüedad (1 semana/año laborado), indemnización al despido injustificado.
4 · Plazos estimados
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